¿Como debe repartirse el gasto del nuevo ascensor entre los propietarios?

Ascensor en comunidad de vecinos
Consulta de una Vecina:

Van a ponernos ascensor en la casa y a todos los que tenemos la vivienda en la planta primera nos toca repartirnos el 20% del coste. Sin embargo, en la casa de unos conocidos, a los de la primera planta les tocó pagar el 10%, y esto nos parece más justo para el poco uso que haremos del ascensor. ¿Cómo podemos pedir que nos rebajen ese 10% de diferencia?

Respuesta de Carlos Gallego Brizuela, abogado especialista en Propiedad Horizontal y autor de varios libros:

Esa costumbre de repartir el coste del ascensor en función del uso que va a hacerse de él está muy extendida pero es completamente ilegal, aunque no hay inconveniente en que se haga así si todos los vecinos muestran su conformidad. La Ley dice que ese coste (como todos los demás) se repartirá aplicando el coeficiente que tenga cada vivienda y local, y esa norma no pueda saltarse, salvo que los estatutos hubieran previsto otra cosa o que los comuneros acuerden por unanimidad otra forma de reparto. Y si usted considera perjudicial ese reparto, imagínese qué tienen que pensar los propietarios de locales normalmente titulares de los coeficientes más elevados que ni siquiera verán el ascensor en su vida y sin embargo están obligados a ser sus financiadores.

Esta entrada fue publicada el 27 diciembre, 2011 en Consejo Práctico y etiquetada , , .

10 respuestas a ¿Como debe repartirse el gasto del nuevo ascensor entre los propietarios?

  1. Galina Sofronieva Georgieva dijo:

    Somos 3 viviendas. Planta baja y dos pisos.Como se repartan los gastos?

  2. Carmen65 dijo:

    Hola,buenas
    En mi edificio queremos poner ascensor. En un principio se dijo de pagarlo a partes iguales pero he oído que en algunos edificios del pueblo lo han pagado según la altura de cada piso. Yo vivo en el primer piso y solo somos 4 vecinos ( 4 plantas a uno por planta) por lo que pagarlo según altura me supond´ría un ahorro bastante considerable a pagarlo a partes iguales.
    ¿Cómo se debe de hacer?

  3. Cristóbal dijo:

    Buenas noches ,en mi comunidad después de seis años ,se ha aprobado la instalación del ascensor y salva escaleras , uno por cada entrada, no se como lo ha echo el administrador ,que a los que vivimos en la 3ª planta nos a metido el 2,86% por vivienda siendo el total de viviendas por planta de 14 hasta la primera planta y un total de 12 viviendas correspondientes a los bajos, los de la planta 2ª tienen el 2,14% por vivienda ,los de la planta 1ª tienen el 1,43% por vivienda y los de los bajos 0,83% por vivienda, pudiendo cojer el ascensor para bajar hasta la cota cero que es el garaje. ¿ Se puede considerar justo el reparto ?

  4. Angie dijo:

    En mi bloque se quiere hacer un cambio del sistema eléctrico del ascensor, con lo que quedaría nuevo prácticamente a excepción de la estética. Quieren repartir el gasto global por coeficiente entre pisos, locales y parkings y, estos últimos, se quejan de que no quieren que se les pase ningún recibo al respecto. Vivimos en Cataluña. Deben hacerse cargo ellos también si la comunidad está constituida de forma conjunta?

  5. Lorenzo dijo:

    Buenos días, les explico el caso de mi madre. Ella vive en una comunidad de vecinos que consta de dos portales, en un portal viven 9 y en otro viven 6, han llegado a un acuerdo para poner un ascensor en cada portal pero los del primer portal que son 9 dicen que los gastos de poner el ascensor son a repartir entre nueve, y los del otro a repartir entre 6. Mi madre dice que los gastos de poner los dos ascensores sería entre 15. (Que es lo que yo pienso). No se si habrá algún acuerdo firmado al respecto pues esto se hizo cuando mi padre vivía y ahora no esta.. Gracias

  6. isaac antonio anta dijo:

    hola, necesito una respuesta a una, creo, sencilla pregunta, para el que sepa del caso, claro.
    pido POR FAVOR, que si alguien lo lee y sabe la respuesta, POR FAVOR, se ponga en contacto conmigo,
    en mi comunidad de vecinos somos 8 vecinos y yo personalmente y hay 3 o 4 vecinos mas que queremos poner el ascensor en la vivienda, (algunos de nosotros 5 -en total que estamos a favor- estamos en dificultades económicas que se pueden solventar), bueno el caso es que mi pregunta, después de leer por encima la ley de propiedad horizontal es que mayoría tenemos que tener para poder poner el ascensor?? y lo pregunto porque en unos sitios leo que las 3 quintas partes y en otros sitios de esta ley leo que tiene que ser por mayoría de votos, (bueno la verdad es que 3/5 partes son 4,8 que en realidad son 5….no? y la mayoría de votos son igualmente 5??), bueno si alguien me puede ayudar se lo agradezco mucho. muchas gracias. saludos cordiales.

  7. No sé si se les puede impedir el uso o no, pero seamos prácticos. Ante el morro que le están echando los disidentes, yo le pondría el llavín, aunque sea una barbaridad jurídica y que me denuncien ellos. Y que le expliquen al Sr. Juez que no quieren votar a favor de poner el ascensor, ni costear su instalación y mantenimiento, pero hacen palmitas con las orejas pensando en poder disfrutarlo y usarlo de morro. Y como es una opinión, no tengo porque fundamentarlo (por si acaso).

  8. Sugel dijo:

    Hace dos años el Ayuntamiento de Barcelona presentaba un programa para subvencionar con hasta el 60% el coste de instalación de un ascensor en aquellas viviendas de cuatro o más plantas cuyas comunidades así lo acordaran.

  9. juan manuel gonzalez dijo:

    buenas.. soy el presidente de una comunidad de 6 viviendas. el casso esque tenemos un inquilino que el dueño le da permiso para utilizar el trastero de su propiedad, el caso esque en ese trastero esta la vantana que da acceso al tejado y la antena de tv comunitaria y sele dijo que al tejado solo pueden acceder el personal autorizado.los paletas,antenistas,etc.se puede denunciar por reiteradas veces su acceso al tejado sin permiso y con el riesgo que conlleva para su seguridad y posibles lesiones que no estamos dispuestos a asumir. mucha gracias.

  10. María Moreno dijo:

    Vivo en un bajo y pago los gc por coeficiente. Sólo dos de nosotros no tenemos garaje en la finca al no haber mas plazas. La comunidad quiere ahora: 1. subir la valla por motivos de seguridad 2. arreglar la puerta que ahora no se puede cerrar bien (la puerta de fuera al jardin de la finca, no la del portal. 3- quiere cambiar la puerta del garaje que es de las antiguas, (manueales) y siempre ha permanecido abierta pues está rota desde hace 15 años. Quieren poner una automática etc.. Estoy obligada a pagar por estos gastos?. Repito que no tengo garaje ni posibilidad de tenerlo. Arreglar la puerta común al jardín me parece normal pero «mejorar» la otra sustancialmente me parece demasiado. 4- estoy obligada a pagar por las obras del jardín que se quieren realizar? (embellecerlo, cambiar pavimentos… cambios importantes). Muchas gracias

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