Documentos para las comunidades de propietarios

Acta General Ordinaria, Convocatoria de Junta de propietarios, Nombramiento de un representante… Ponemos a la disposición de todos los Vecinos, presidentes y administradores una serie de documentos útiles para las comunidades de propietarios. Estos documentos son plantillas para diferentes textos que se necesitan redactar habitualmente en las comunidades de propietarios.

documentos para comunidad de vecinos

Juntas de Propietarios

Las comunidades de propietarios están obligadas a realizar al menos una Junta de propietarios al año para aprobar los presupuestos y cuentas (Junta Ordinaria). También pueden reunirse en otras ocasiones (Junta Extraordinaria) a petición del presidente o cuando lo pida la cuarta parte de los propietarios, o un número de propietarios que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.

La convocatoria para la Junta ordinaria anual se debe realizar, con al menos seis días de antelación. La convocatoria de las juntas extraordinarias, puede realizarse con menos antelación siempre cuando el aviso de la convocatoria pueda llegar a todos los propietarios.

La convocatoria para las Juntas de propietarios debe indicar los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria. También contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas.

Convocatoria de una Junta Ordinaria
Convocatoria de una Junta Extraordinaria
Solicitud por parte de Propietarios para convocar una Junta

Los propietarios pueden delegar la asistencia a la Junta de Propietarios a otra persona (otro propietario o persona externa). Para ello el propietario debe firmar un documento que identifica con nombre y apellidos al representante y al representado. También debe indicar la fecha de la junta para la que se otorga la representación.

Nombrar un representante para la asistencia a una junta

Los acuerdos adoptados en la Junta de Propietarios deben reflejar en un libro de actas. El acta debe incluir: La fecha y el lugar de celebración. El autor de la convocatoria. Si es ordinario o extraordinario. Si fue celebrado en primera o segunda convocatoria. La relación de todos los asistentes y sus respectivos cargos, así como de los propietarios representados, con indicación de sus cuotas de participación. El orden del día de la reunión. Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que respectivamente representen.

El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. El acta de las reunión debe remitirse después a los propietarios.

Acta de una Junta de Propietarios

Otros documentos y plantillas para Comunidades de Propietarios

Para vender una vivienda, el propietario debe aportar un certificado firmado por el secretario de la Comunidad de Propietarios conforme que el propietario se encuentra al corriente de pago de las cuotas.

Certificación para un propietario de estar al corriente pago de las cuotas

En caso de no estar al corriente de los pagos, se certifica el importe pendiente de pago.
Certificación para un propietario conforme que tiene cuotas pendientes de pago

Documento en el que se insta a uno de los propietarios al pago de las cuotas pendientes. Conviene dejar constancia de la notificación al deudor haciéndole firmar una copia de este documento. Alternativamente se puede utilizar enviar la notificación por el servicio Burofax de Correos o utilizar otro servicio que deja constancia de su entrega.

Reclamación a un propietario de las cuotas pendientes de pago

También tenemos un artículo de Carlos Gallego Brizuela en el cual explica cómo cobrar las cuotas de la comunidad a un propietario moroso.

Los documentos, plantillas y comentarios anteriores se refieren a Comunidades de Propietarios que se rigen según la Ley de Propiedad Horizontal de España. Cualquier duda deberá resolverse acorde con lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal. También es importante saber que en la comunidad autónoma de Cataluña el Libro Quinto del Código Civil de Cataluña modifica y prevalece sobre algunas de las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal Española.