Encontrar Administrador de Fincas Colegiado para tu comunidad de propietarios

Para garantizar una buena gestión en una comunidad de propietarios, todos los órganos de gobierno de la comunidad (presidente, junta de propietarios y administrador) deben de asegurarse de que todos sus esfuerzos van en búsqueda del mismo objetivo: Satisfacer los intereses y las necesidades de los vecinos de la comunidad.

Encontrar administrador de fincas colegiado

El Administrador es el profesional encargado de la buena gestión y el buen estado general de la comunidad. Para conseguirlo tendrá que garantizar y solucionar diferentes problemas que aparecen en el día a día en las comunidades de vecinos y ellos por sí mismos no pueden resolver.

¿Cómo garantizar que la gestión de tu comunidad de propietarios esté en buenas manos?

Eligiendo un Administrador de Fincas Colegiado, ya que ofrece unas garantías de ética y calidad. Sus  actuaciones están amparadas por el Colegio de Administradores de fincas los que representa un seguro de rigor y profesionalidad

¿Dónde encontrar un Administrador de fincas colegiado?

A continuación, el listado de los Colegios Territoriales de Administradores de Fincas repartidos por España:

*Fuente del listado: Consejo General de Colegios de Administradores de Finca de España (http://www.cgcafe.org)

Para encontrar al profesional:

Una vez accedes a cada Colegio Territorial de Administración de Fincas, puedes acceder a un buscador para encontrar al Administrador que mejor se adapte a ti.

Por ejemplo, puedes acceder al buscador de administradores colegiados del CAF Madrid.

¿Qué puede hacer por mí un Administrador de Fincas?

Administradores de fincas trabajando

Las competencias que se suelen delegar al administrador se encuentran: Gestionar los intereses de los vecinos, asegurar el buen mantenimiento y del buen estado de la finca, asesoramiento legal y en términos de la Ley de Propiedad Horizontal, mediación de problemas entre vecinos y propietarios/inquilinos, ejecutar los acuerdos de la junta, efectuar los cobros y pagos que correspondan, etc.

En nuestro blog también encontrarás nuestra guía para elegir Administrador de fincas.

¿Qué aporta un Administrador de Fincas Colegiado?

administrador de fincas colegiado

El Administrador Colegiado es una garantía de eficacia, pues es un profesional sujeto a diferentes normas del Colegio de Administración de Fincas que garantizan la independencia y responsabilidad en la gestión de las comunidades de propietarios.

En cuanto a la preparación de los profesionales, además de requerir la formación universitaria o privada indispensable, el CAF asegura una formación continuada para sus colegiados. Los profesionales están actualizados en cuanto a legislación gracias a charlas, cursos y conferencias que hacen de cada colegiado un profesional mucho más capacitado.

Cada Colegio Territorial tiene la potestad de intervenir sobre sus colegiados si su actuación profesional se aparta del código ético de la profesión, haciéndole cumplir la normativa profesional.

Además de lo mencionado, el Administrador de Fincas Colegiado tiene concertado un seguro de responsabilidad civil, que respondería en caso de negligencia.

Esta entrada fue publicada el 10 mayo, 2016 en Consejo Práctico y etiquetada , , , .

3 respuestas a Encontrar Administrador de Fincas Colegiado para tu comunidad de propietarios

  1. Limpiezas Limmon dijo:

    Lo importante es todas las comunidades de vecinos, es que estas cuenten con un administrador. La opinión del blog creo que es bastante acertada.
    Nosotros trabajamos con administradores de fincas para todas las comunidades de vecinos

  2. Ildefonso Sánchez Ruiz dijo:

    Omiten el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de CIUDAD REAL, sito en calle Toledo, 8 – 2ª Planta – Dspacho 7 (Edificio Miró)

    Ruego tengan a bien incluirlo en el listado.

    Quedo agradecido.

  3. Fernando dijo:

    Esta información me parece parcial y partidista.

    Estar colegiado NO GARANTIZA absolutamente nada. Ya hay en España numerosos casos de Administradores colegiados con procedimientos judiciales abiertos y el colegio respectivo no actúa, es más, ni siquiera suspende de colegiación al procesado.

    El Artículo 13 de la L.P.H. indica que el administrador puede ser cualquiera con conocimientos suficientes y NUNCA especifica la obligatoriedad de colegiación y mucho menos que eso suponga garantía alguna de calidad o profesionalidad.

    Como conclusión diré que lo especificado en el Artículo 20 de la L.P.H. es lo que determina si una persona es buen administrador, el resto sólo son batallas más o menos legales de la conveniencia o no de estar colegiado.

    Espero que este comentario sea respetado y que cualquier persona pueda valorarlo de forma independiente.

    Un saludo

Responder a Fernando Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *